Saltar al contenido principal

Pensión de Alimentos

Aumento y rebaja de pensión de alimentos

Tanto el alimentante como el alimentario pueden solicitar la modificación del monto. Te explicamos cuándo procede cada vía.

LSLissette Solar Ramírez4 min de lectura

La pensión de alimentos no es definitiva. Cuando las circunstancias cambian — para quien paga o para quien recibe — la ley permite modificarla. Acá te explicamos cuándo puedes pedir un aumento o una rebaja, y cómo hacerlo en el Tribunal de Familia de Concepción.

Cuándo procede el aumento

El aumento procede cuando las necesidades del hijo han crecido o cuando los ingresos del alimentante han mejorado desde que se fijó la pensión original. No es automático: debes solicitarlo ante el tribunal con antecedentes que acrediten el cambio.

  • El hijo ingresó a la educación superior o cambió a un colegio más costoso
  • Surgieron gastos médicos o de salud no contemplados antes
  • El alimentante obtuvo un mejor trabajo, ascenso o aumento de sueldo
  • La pensión se fijó en pesos hace años y perdió valor con la inflación

¿Crees que te corresponde un aumento? Escríbenos y revisamos tu caso.

Escríbenos por WhatsApp

Cuándo procede la rebaja

La rebaja procede cuando el alimentante acredita un cambio real en su situación económica: pérdida de empleo, enfermedad, reducción de ingresos o un nuevo hijo a quien también debe sustentar.

Hay una limitación importante: si el alimentante figura en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos por tener pagos pendientes, el tribunal puede declarar inadmisible la demanda de rebaja sin más trámite.

  • Pérdida del empleo o reducción comprobada de ingresos
  • Enfermedad o incapacidad que afecte la capacidad de pago
  • Nuevos hijos que el alimentante deba sustentar
  • Las necesidades del hijo disminuyeron objetivamente

¿Tu situación económica cambió y no puedes pagar el monto actual? Cuéntanos tu caso.

Escríbenos por WhatsApp

Procedimiento judicial

El trámite es el mismo para aumento o rebaja: primero debes pasar por mediación familiar obligatoria. Si no hay acuerdo, el certificado de mediación frustrada habilita la demanda ante el Tribunal de Familia de Concepción.

  • Presentas la demanda con documentos que acrediten el cambio de circunstancias
  • El tribunal puede fijar una modificación provisional de inmediato si los antecedentes lo justifican
  • Se realizan las audiencias preparatoria y de juicio
  • La sentencia fija el nuevo monto, vigente desde la notificación de la demanda

¿No sabes si tienes suficientes antecedentes para demandar? Te ayudamos a evaluarlo — escríbenos por WhatsApp.

Escríbenos por WhatsApp

Áreas relacionadas

Continúe leyendo

Artículos relacionados.