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Escrituras y Contratos

Separación de bienes estando casados en Chile: cómo se hace y cuándo conviene

Los cónyuges casados en sociedad conyugal pueden separarse de bienes en cualquier momento. Te explicamos cómo y cuándo conviene hacerlo.

EAEvelyn Arriagada Díaz4 min de lectura

Muchas parejas casadas en sociedad conyugal no saben que pueden cambiar su régimen patrimonial en cualquier momento, sin necesidad de divorciarse. La separación de bienes les permite administrar sus patrimonios de forma independiente y proteger los bienes personales de cada uno.

¿Cuándo conviene separarse de bienes?

Si te casaste en sociedad conyugal, todos los bienes adquiridos durante el matrimonio son de ambos cónyuges por defecto. Esto puede ser un problema si uno de los dos tiene un negocio propio, deudas comerciales, o quiere proteger su patrimonio personal de las obligaciones del otro.

  • Uno de los cónyuges tiene o planea iniciar un negocio o emprendimiento
  • Existe riesgo de deudas comerciales de uno de los dos
  • Quieren administrar sus patrimonios de forma independiente
  • Se planea adquirir bienes que quieran mantener separados

¿No sabes si la separación de bienes es lo que necesitas en tu caso? Cuéntanos tu situación.

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Cómo se hace: escritura y sub-inscripción

El art. 1723 del Código Civil permite a los cónyuges sustituir el régimen de sociedad conyugal por separación total de bienes en cualquier momento durante el matrimonio. El procedimiento tiene dos pasos obligatorios:

  • Paso 1: otorgar escritura pública ante notario en Concepción
  • Paso 2: sub-inscribir la escritura al margen de la inscripción de matrimonio en el Registro Civil
  • Plazo fatal para la sub-inscripción: 30 días desde la escritura — si vence, la separación no produce ningún efecto legal

En la misma escritura pueden liquidar la sociedad conyugal, es decir, dividir formalmente los bienes que tienen en común. Esto evita tener que hacer un trámite adicional más adelante.

Efectos importantes que debes conocer

  • Es irrevocable: una vez hecha la separación, no pueden volver a la sociedad conyugal por acuerdo mutuo
  • No perjudica a terceros: los acreedores que tenían derechos antes de la separación los conservan
  • Produce efectos desde la sub-inscripción en el Registro Civil, tanto entre los cónyuges como frente a terceros

¿Quieres separarte de bienes en Concepción? Podemos redactar la escritura y coordinar la sub-inscripción.

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